Normativa

  1. El estudiante que suspenda una asignatura, trabajo de investigación, o tarea exigida en la Guía Docente del Profesor, tiene derecho a solicitar hasta un máximo de 2 oportunidades más para recuperar los exámenes y trabajos pendientes.
  2. Las semanas de recuperación de exámenes y trabajos son:
    • La semana siguiente al finalizar el primer semestre (normalmente en febrero)
    • La semana siguiente al finalizar el segundo semestre (normalmente final de junio)
    • La primera semana del curso siguiente (septiembre)
  3. El alumno es responsable de solicitar la convocatoria de examen con un mínimo de dos semanas de antelación por medio del formulario que se adjunta en la parte inferior de esta página.
  4. Una vez enviada la solicitud de recuperación, el estudiante recibirá la notificación pertinente del Decano de la Facultad para que pueda presentarse a la convocatoria.
  5. Si el estudiante solicita la recuperación de examen y posteriormente no se presenta a dicho examen, constará como examen no presentado y, por tanto, suspendido. En cada convocatoria de las semanas blancas que el alumno no solicite el examen, este constará como una oportunidad agotada.
  6. El estudiante que agote las dos oportunidades de superar el examen y no lo haya aprobado, deberá repetir la asignatura y abonar nuevamente la matrícula de los créditos de dicha asignatura.

Para más información, ver el manual del estudiante.

Solicitud de recuperación de examen y/o trabajos

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