Las prácticas externas son un elemento clave para el pleno desarrollo de la formación especializada de los estudiantes. En base a esto, el programa del Título de Grado en Teología, expedido por la Facultad Internacional de Teología IBSTE, prevé las prácticas externas con carácter obligatorio.
A continuación se encuentra la normativa legal sobre el programa de prácticas externas en IBSTE, el reglamento de estas prácticas, y una lista (no exhaustiva) de entidades colaboradoras.
Normativa legal: Real Decreto 592/2014, 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Reglamento prácticas externas
1. Introducción
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que se dicta en desarrollo de lo previsto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades consagraba la posibilidad de introducir prácticas externas en los planes de estudios. Hasta el momento la regulación de las prácticas de los estudiantes universitarios se establecía en el Real Decreto 1497/1981, de 19 de junio. El tiempo trascurrido desde su aprobación y la adaptación a las exigencias del proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación Superior requerían una nueva norma que desarrollase, precisase y aclarase algunos de los aspectos previstos hasta el momento. La norma que ha acometido esta tarea es el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, que fija como objetivo de las prácticas el permitir a los estudiantes aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
2. Prácticas externas
Las prácticas externas son un elemento clave para el pleno desarrollo de la formación especializada de los estudiantes. Con base en esto, el programa del Título de Grado en Teología expedido por la Facultad Internacional de Teología IBSTE, prevé las prácticas externas con carácter obligatorio.
Esta Facultad ha diseñado su proyecto académico incluyendo 14 créditos ECTS en las prácticas externas, y han sido distribuidas en 7 semestre y con 2 ECTS para cada uno de los semestres. El estudiante está obligado a iniciar las prácticas externas al inicio del segundo semestre del primer curso académico.
Las prácticas externas constituyen una actividad de carácter formativo a realizar por los estudiantes con la supervisión de la Facultad. Se desarrollarán tanto en iglesias como en los diferentes ministerios evangélicos.
2.1. Objetivo de las prácticas externas
Tienen como objetivo permitir a los estudiantes aplicar de una forma profesional/ministerial los conocimientos adquiridos en su formación académica. Los estudiantes podrán de este modo conocer la metodología de trabajo, desarrollar competencias y obtener una experiencia práctica que les facilite su inserción futura en el desarrollo ministerial, sea como ministro/a de culto o de cualquiera otra de las funciones para las que capacita el título de Grado en Teología Protestante.
2.2. Destinatarios
Las prácticas externas forman parte del currículo y son de obligado cumplimiento. La asignatura curricular definida como prácticas externas desarrolla los objetivos y competencias propias.
3. Tutoría de las prácticas externas
3.1. Asignación de tutores de las prácticas externas
Durante la realización de sus prácticas el alumnado contará con la supervisión del director de las prácticas externas, y un tutor en la iglesia o entidad colaboradora. Ambos mantendrán los contactos necesarios para un correcto seguimiento de las prácticas del alumno.
3.2. Funciones del tutor de la entidad colaboradora
Por norma general el tutor del alumno, será el ministro/a de culto representante de la iglesia o entidad asociativa donde el alumno realiza las prácticas. Entre las funciones propias del tutor/a del alumno en la iglesia está la de cumplimentar, al finalizar el período de prácticas externas, un informe de evaluación sobre la adquisición de competencias ministeriales del alumno, así como certificar el número de horas externas realizadas. El Director de las prácticas externas, facilitará el acceso y las instrucciones para cumplimentar dicha documentación.
3.3. Funciones del Director de las prácticas externas
Entre sus funciones propias están el asesoramiento, la supervisión y la calificación de las prácticas externas realizadas por el alumno. Para esto último se basará en la memoria final elaborada por el propio alumno y en el informe de evaluación proporcionado por el tutor de la Entidad colaboradora.
4. Requisitos y directrices para realizar prácticas
4.1. Para la realización de la modalidad de prácticas externas curriculares, el alumno/a ha de haber superado el primer semestre del primer curso del programa de título de grado.
4.2. Los períodos de realización de las prácticas externas curriculares serán los previstos en los correspondientes planes de estudio.
4.3. Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. En todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la facultad.
4.4. Dada la naturaleza académica y formativa de las prácticas, su realización no supondrá, en ningún caso, relación laboral ni contractual con la entidad en la que se desarrollen las mismas. Sin perjuicio de lo anterior y si así lo desea, la entidad externa podrá compensar al alumno en concepto de ayuda al estudio por los gastos que a éste se le pudieran generar con motivo de desplazamientos, manutención o cualquier otro concepto.
4.5. Los alumnos matriculados en la facultad IBSTE que realicen prácticas externas en las iglesias y/o entidades asociativas mediante el correspondiente convenio de cooperación educativa estarán cubiertos por el seguro escolar de la facultad.
4.6. El alumnado mayor de 28 años estará obligado a suscribir por su cuenta un seguro privado de riesgos personales y/o accidentes laborales.
4.7. En el caso de prácticas internacionales, el alumno deberá también suscribir un seguro que le cubra su estancia en el extranjero y que incluya responsabilidad civil.
5. Gestión de las prácticas externas
5.1. Atención al alumno
Para realizar prácticas externas los alumnos deben conocer y respetar la presente normativa. Para cualquier aclaración que se precise, podrán contactar con el director de las prácticas externas.
5.2. Elección del lugar de las prácticas externas
Los alumnos podrán elegir el lugar de sus prácticas externas, bien buscando por su cuenta la entidad donde realizarlas, o quedando a disposición de las solicitudes que disponga la Facultad.
5.3. Procedimiento para incorporarse a una entidad donde realizar las prácticas
Los pasos que los alumnos deben seguir para solicitar la realización de prácticas en una empresa o entidad son los siguientes:
- Comprobar de forma fehaciente que cumple los requisitos para su inclusión en el Programa de prácticas externas.
- Inscribirse con la solicitud propia en la que destaquen su perfil orientativo de desarrollo ministerial y sus intereses en la realización de prácticas en iglesias.
- En caso de ser el estudiante quien contacte por su cuenta con una iglesia o entidad asociativa donde realizar prácticas, deberá notificarlo al director de las prácticas externaspara formalizar el convenio con la entidad.
- El director de las prácticas externas emitirá el convenio correspondiente que será enviado a la iglesia y/o entidad asociativa y que ésta deberá devolver debidamente firmado por el estudiante y ella misma.
5.4. Durante el desarrollo de las prácticas. Obligaciones del alumno
El alumno deberá cumplir las condiciones acordadas con la iglesia o entidad donde se desarrollará su actividad, siendo importantes los siguientes aspectos:
- Cumplir íntegramente el período de prácticas establecido.
- Comportarse adecuadamente y mantener una actitud correcta en todo momento, según el orden del servicio ministerial que han de desarrollar como ejemplo cristiano en el contexto eclesial al que se deriva este proceso de prácticas.
- Ajustarse al horario, mostrando puntualidad en la asistencia, y avisando a su tutor en caso de ausencia o retraso.
- Aplicarse con diligencia en las actividades que se le encomienden.
- Respetar el material que se pone a su disposición.
- Mantener informado a su tutor/a académico y al Director de las prácticas externas, de cualquier incidencia o modificación de las condiciones inicialmente acordadas con la iglesia y/o entidad asociativa.
- Colaborar con el tutor de la iglesia llevando el cómputo de horas realizadas para facilitarle la certificación de las mismas y el informe de evaluación. Anotar los trabajos que se van realizando para la elaboración final de la memoria.
- Por norma general, las prácticas curriculares deberán realizarse de forma ininterrumpida en la misma entidad, salvo excepciones debidamente razonadas y justificadas.
5.5. A la finalización de las prácticas. Evaluación
El alumno deberá responsabilizarse de que el tutor de la iglesia o entidad asociativa rellene el informe de evaluación de sus prácticas, cuyo modelo se le facilitará desde la facultad. En el caso de que el estudiante no haya completado en el lugar donde realiza las prácticas, y a plena satisfacción del tutor, el 90% al menos de las horas presenciales establecidas, se emitirá informe desfavorable de dicha práctica y calificación de «suspenso» en la asignatura. De la misma manera, si transcurrido el plazo señalado por el tutor académico, el estudiante no hubiera entregado las evaluaciones de las prácticas, se emitirá informe desfavorable de dicha práctica y calificación de «suspenso» en la asignatura.
5.6. Extinción extraordinaria del período de prácticas externas
El período de prácticas externas podrá interrumpirse de forma extraordinaria a petición de:
- La iglesia o entidad asociativa colaboradora, para lo cual el tutor/a en la misma deberá elaborar un informe con los motivos que a juicio de la entidad justifiquen dicha decisión, y remitirlo al director de las prácticas externas.
- El/la alumno/a, para lo que deberá comunicar a la Facultad por escrito los motivos que lo justifican, con el visto bueno del tutor de la entidad/iglesia y del de la Facultad.
- La facultad IBSTE, cuando considere que por parte del/la alumno/a o de la entidad se incurre en incumplimiento de obligaciones o de la finalidad educativa de las prácticas.
- En ningún caso el alumno quedará exento de completar la realización de sus prácticas.
- Si el alumno no comunicara a la facultad la interrupción y/o extinción del período de prácticas, o cualquier otra anomalía, el director de las prácticas externas no se hará responsable.
5.7. Prórroga del período de prácticas externas
La solicitud de prórroga del período de prácticas a petición de la Iglesia/entidad colaboradora, solo podrá ser aceptada por el alumno en caso de no superar el máximo de horas de prácticas estipuladas. Si el alumno deseara alargar su estancia en prácticas en una iglesia/asociación más allá de las horas y duración permitidas, la relación y continuidad de las mismas quedaría circunscrita al ámbito del alumno y de la entidad, sin intervención de la Facultad.
5.8. Plazos y fechas importantes a tener en cuenta
Es muy importante, por tanto, que el alumno tenga presentes las fechas y plazos señalados para la tramitación y realización de las prácticas, por lo que deberá calcular minuciosamente su incorporación y participación regular con la iglesia/asociación para poder completar el número mínimo exigido de horas a realizar.
6. Convalidaciones
Las convalidaciones son competencia de la facultad, por lo que deberá solicitarse a la misma. Podrán ser reconocidas como prácticas externas las actividades y competencias desarrolladas por los estudiantes, en Iglesias o Entidades Asociativas, cuando las referidas actividades y competencias se ajusten, en tiempo y contenido, al programa de prácticas externas de la titulación del Grado en Teología que se expide por la Facultad Internacional de Teología IBSTE. Así como las que hubiera realizado como prácticas en otras titulaciones. A tal efecto, el estudiante aportará el certificado de la iglesia o institución, que recogerá el número de horas de prácticas y la actividad realizada.
7. Garantía de calidad del programa de prácticas externas
La calidad de las prácticas externas realizadas por los alumnos, será evaluada dentro del Procedimiento de Evaluación y Mejora de Prácticas Externas desarrollado en la Facultad con el fin de proporcionar información coherente y fiable sobre la adecuación de dichas prácticas a las competencias planteadas en los correspondientes proyectos formativos. Dicha información se utilizará en el proceso de mejora continua del programa de prácticas externas.
7.1. Participación del alumno en la evaluación de calidad
Al término de su período de prácticas externas, el alumno deberá cumplimentar la Encuesta de Satisfacción del Estudiante en Prácticas Externas donde evaluará tanto las prácticas realizadas y su adecuación a su formación académica, como la gestión de las mismas por parte de la Facultad de Teología.
7.2. Participación del tutor de la empresa en la evaluación de calidad
Al término del curso académico, todas las iglesias o entidades colaboradoras que han acogido alumnos en prácticas de la Facultad de Teología cumplimentarán la encuesta de satisfacción de la entidad de prácticas externas para evaluar el programa de prácticas de la facultad.
7.3. Participación del Director de las Prácticas externas
Al terminar la estancia de un alumno en prácticas en una entidad, el director de las prácticas externas deberá valorar mediante la encuesta de evaluación de prácticas externas, la adecuación tanto de la iglesia/entidad asociativa como de la actividad desarrollada en la misma por el alumno.
Entidades colaboradoras
Estas son las entidades colaboradoras del curso 2022-2023. En caso de que el estudiante desee realizar sus prácticas en alguna otra entidad registrada en FEREDE, la facultad estudiará la posibilidad y realizará los tramites necesarios para poder establecer los convenios pertinentes con dicha entidad.
Entidad | Nº registro Ministerio de Justicia | Dirección |
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Juventud para Cristo | 2888-SE/A | C/26 de Gener de 1641 3-5, Barcelona |
Església Evangèlica Llibertat | C/Llibertat 33, Barcelona | |
Església les Corts | 15525 | Ptge Jaume Roig 14, Barcelona |
Iglesia Hillsong España | 16197 | C/Santa Albina 40, Barcelona |
Església Evangèlica Unida de Barcelona | 19067 | C/Santa Pau 102, Barcelona |
Església protestant de Salou | 15931 | C/Pere Galtés 1-3, Salou |
Iglesia evangélica de Hermanos en Santa Coloma de Gramanet | 15503 | C/Sant Geroni 37, Santa Coloma de Gramanet |
Església Evangèlica Baptista de Vilanova i la Geltrú | 15472 | Avda. Garraf 24, Vilanova i la Geltrú |
EnTust 4 | 910 Pinon Ranch view 101. Colorado Springs | |
Grupos Bíblicos Universitarios | 15754 | C/Alts Forns 68 sot., Barcelona |
Iglesia Evangélica Bautista de Vilafranca del Penedés | 15829 | C/Amalia Soler 133, Vilafranca del Penedés |
Iglesia Evangélica Bautista de Vilassar de Mar | 5546SE/A | C/de l’Àngel 8, Vilassar de Mar |
Iglesia Evangélica de Móstoles | 15854 | Avda. de la ONU 22 Posterior, Móstoles |