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Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. Quienes no cumplan estas condiciones de acceso podrán ser admitidos al grado propio en Teología de la Facultad IBSTE.

​De acuerdo a las diferentes estipulaciones legales establecidas por el Gobierno para  la enseñanza universitaria, existen las siguientes vías de acceso a los estudios de Grado.

Requisitos de acceso

  1. Superación de la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU) y pruebas de acceso a la universidad anteriores (Selectividad, PAU).
  2. Título de Bachiller, sin necesidad de superar la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad, para quienes durante el curso 2016-2017 hubiesen cursado materias de Bachillerato del currículo anterior al definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, y quienes habiendo obtenido el título de Bachiller en el curso 2015-2016 no hubieran accedido a la universidad al finalizar dicho curso, de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Única de la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre.
  3. Títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español, equivalentes u homologados.
  4. Superación de prueba de Acceso de Mayores de 25 años.
  5. Titulado Universitario.
  6. Acceso por reconocimiento de créditos de estudios universitarios parciales extranjeros o españoles (mínimo 30 ECTS).
  7. Otras vías permitidas por las ordenaciones anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
  8. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
  9. Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto número 4.

Muy importante para estudiantes que soliciten acceso mediante un título o documentación que requiera homologación

Es necesario comprender que la resolución de la petición de homologación no depende de facultad IBSTE, sino del Ministerio de Educación del Gobierno de España. Por ello, si el estudiante desea acceder al programa oficial de Grado deberá inexorablemente (en lo que se refiere a documentos que vayan a propiciar el acceso a estudios de grado):

  • Solicitar la homologación del título que se requiera para el acceso y presentar el resguardo de haberlo entregado antes de hacer la matrícula.
  • Firmar el formulario donde el estudiante declara conocer y aceptar expresamente que, en el supuesto de que su homologación se resolviera desfavorablemente, él quedaría fuera del programa de Grado, pudiendo continuar sus estudios en la modalidad del grado propio en Teología.  
  • En caso de no obtener una resolución por escrito, si la resolución se demora, para proceder con la matrícula del segundo curso, el estudiante deberá obtener por escrito evidencia de que su expediente de homologación continúa en proceso de resolución.

Mientras el estudiante esté en el proceso de homologación, su acceso al programa de Grado será considerado de carácter condicional. En caso de una resolución desfavorable por parte del Ministerio de Educación, no habrá ningún reembolso del coste de matrícula que se haya hecho en el modo “condicional”.

Para una mayor información sobre el Reglamento de Acceso y Admisión solicitarla al Director de Admisiones.

Por otra parte, considerando la naturaleza de los estudios teológicos y el carácter de la titulación que oferta la Facultad Internacional de Teología IBSTE, de clara vinculación eclesial, es necesario que el solicitante corresponda al cumplimiento y respeto de las normas de régimen interior establecidas. Tal normativa obedece a la necesidad de reglamentar el funcionamiento interno de la residencia de estudiantes, en relación a las normas de convivencia y respeto mutuo del estudiantado fundamentado en principios de respeto y tolerancia en la fe cristiana, propia de una institución que pretende formar ministros de culto y responsables de diferentes áreas profesionales en el ámbito de la iglesia evangélica o protestante.

Puede consultar la normativa de permanencia, de cuyo cumplimiento se determinará el ingreso y/o la continuidad o no del alumno/a en cursos sucesivos.